lunes, 22 de septiembre de 2008

Abogado sancionado por dejar prescribir una causa.

http://www.clarin.com/diario/2005/03/09/sociedad/s-02701.htm

FALLO DE LA CAMARA CIVIL PORTEÑA
Un abogado deberá pagar $ 20 mil a dos clientes por dejar prescribir una causa
Los camaristas consideraron que les hizo perder su chance en una demanda civil.
Un abogado fue condenado a indemnizar a dos clientes debido a que su mal desempeño les impidió avanzar en un caso judicial.
Se comprobó que la causa abierta por Rafael Giacomino y Argentina Monzón —los padres de un joven de 19 años que murió en un accidente de tránsito— prescribió debido a la inactividad de su propio letrado, Julio David Iúdice.
Ahora, Iúdice —que era amigo de la familia y padrino de otro hijo del matrimonio— deberá pagarles 20 mil pesos.
La Sala G de la Cámara Civil porteña responsabilizó al abogado por la "pérdida de chance" de la pareja, cuyo hijo Daniel Leonardo falleció el 15 de julio de 1996 en la ruta nacional 9, en la localidad bonaerense de San Nicolás de los Arroyos.
La familia le había pedido a Iúdice que los representara en la causa.
"Su responsabilidad en la extinción de la acción civil resulta incuestionable", dijeron los camaristas.
Ya el fallo de primera instancia de la jueza Delia Beatriz Iñigo había constatado que el abogado dejó pasar el plazo de dos años contado desde la fecha del siniestro, tiempo máximo establecido por el Código Civil para promover el reclamo judicial.

Otros especialistas comparten la postura de los camaristas.
Leandro Vergara, profesor de Derecho Civil en la UBA y miembro del Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, dijo a Clarín: "Dejar una causa al descuido y no atenderla es pura y simple negligencia; no tiene excusas. Al dejar prescribir la causa le hizo perder sus derechos al cliente. Tiene que pagar y está bien que sea así: la relación profesional implica obligaciones de ambas partes y es lógico que el abogado cargue con los resultados de su mala actuación".
Aclarando que hablaba genéricamente, el doctor Lucio Ibáñez, vicepresidente de ese colegio, señaló que "como figura jurídica general, la prescripción, una de las formas de concluir un juicio, es mala praxis. No sabemos si hubo negligencia o dolo, pero es mala praxis".
En este caso, el abogado Iúdice argumentó que le fue imposible comunicarse con sus clientes, pero los camaristas Hugo Molteni, Carlos Bellucci y Leopoldo Montes de Oca recordaron las declaraciones de testigos que mencionaron las visitas "periódicas" de uno de los cónyuges a su estudio jurídico.
Iúdice sostuvo que hubo falta de cooperación de los cónyuges para iniciar el reclamo.
Pero la Cámara consideró que de haber sido así, el abogado "debió comunicar su voluntad" de abandonar el caso, ya que que "conocía la responsabilidad profesional que podía caberle por la omisión de entablar a tiempo la demanda".

Como indemnización, los padres del joven pidieron 500.000 pesos.
Los camaristas aclararon que ese resarcimiento "no puede consistir en los importes que se hubieran reclamado de haberse iniciado el proceso".
Y acotaron que en estos casos la indemnización consiste en la pérdida de una "chance o posibilidad de éxito en las gestiones, cuyo mayor o menor grado de probabilidad dependerá, en cada caso, de sus especiales circunstancias".

El fallo tiene antecedentes.
El caso conocido más reciente es de noviembre del año pasado.
Por un motivo similar fue condenado el abogado Carlos Lagos.
Dejó vencer los plazos y dos de sus clientes no pudieron cobrar su indemnización laboral.
"Hay muchas condenas por caducidad —aseguró el doctor Vergara—.
No se habla mucho de ella, pero la mala praxis es muy común".

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